El organismo público advirtió que la medida es para para “amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes”.
Para “amortiguar los efectos del aislamiento social, preventivo y obligatorio sobre los pequeños contribuyentes», la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que ningún monotributista será dado de baja por incumplir los pagos durante julio.
A través de la Resolución General N°4782/2020, la normativa vigente establece que un contribuyente es dado de baja cuando no paga diez cuotas consecutivas.
De esta manera, la AFIP resolvió que julio no será computado a los efectos de contabilizar el período necesario para la aplicación de las bajas automáticas.
Por otro lado, también quedó suspendida la baja en los casos en que la suma de los ingresos brutos del contribuyente excede el máximo establecido por la categoría máxima disponible.
La AFIP definió que esos cruces sistémicos no serán utilizados en julio para proceder con exclusiones de oficio.