contadores “Alivio fiscal” para monotributistas y autónomos: cómo serán los nuevos topes - AGENDA PyME

“Alivio fiscal” para monotributistas y autónomos: cómo serán los nuevos topes

De acuerdo a lo dispuesto por la iniciativa, las primeras cuatro escalas del monotributo recibirán un aumento en el tope del 60% promedio, mientras que las categorías más altas tendrán una suba del 29.12%. Además, las categorías más bajas (A y B) no pagarán el componente impositivo a la AFIP.


En la fecha límite en la que la AFIP hace la recategorización de las escalas del régimen simplificado, el Senado convirtió en ley, por unanimidad, el proyecto de Alivio Fiscal para monotributistas y autónomos.

La iniciativa consiste, por una parte, en ampliar los topes de facturación para cada una de las categorías del monotributo (para que los contribuyentes del régimen simplificado no tengan que pagar una alícuota más alta debido a la inflación) y, por otra parte, en modificar las deducciones especiales al impuesto a las Ganancias de autónomos para elevar el mínimo no imponible de ese tributo.

El dictamen propone adelantar al 1º de julio los aumentos (que debían hacerse en enero del 2023) en los topes de facturación de cada una de las categorías del monotributo.

Con esta ley, evitará que miles de monotributistas salten de categoría (pagando una alícuota más alta) o incluso algunos salgan del régimen simplificado. El Poder Ejecutivo promulgará la norma rápidamente para evitar ese desenlace.

De acuerdo a lo dispuesto por la iniciativa, las primeras cuatro escalas del monotributo (categorías A,B,C y D) recibirán un incremento en el tope de facturación del 60% promedio, mientras que las categorías más altas tendrán una suba del 29.12%. Además, las categorías más bajas (A y B) no pagarán el componente impositivo a la AFIP.

Se estima que las medidas contempladas dentro de esta norma de «alivio fiscal» impactará positivamente en la situación económica de casi la mitad de los 4,5 millones de monotributistas y 140.000 autónomos que hay actividades registrados en el país.

Así serán los nuevos topes de facturación

* Categoría A: $748.382,07

* Categoría B: $1.112.459,83

* Categoría C: $1.557.443,75

* Categoría D: $1.934.273,0

* Categoría E: $2.277.684,56

* Categoría F: $2.847.105,70

* Categoría G: $3.416.526,83

* Categoría H: $4.229.985,60

* Categoría I: $4.734.330,03

* Categoría J: $5.425.770,00

* Categoría K: $6.019.594,89

Cuánto habrá que pagar de cuota mensual desde julio

* Categoría A: $3334,24, tanto los que venden bienes y como los que ofrecen servicios

* Categoría B: $3728,29 para todos los pequeños contribuyentes de esta escala

* Categoría C: $4262,11 para servicios y $4190,06 venta de productos

* Categoría D: $5025,96 para servicios y $4907,34 los que venden productos

* Categoría E: $6601,71 (servicios) y $5936,55 para la venta de cosas muebles

* Categoría F: $7902,06 y para los que venden productos, $6825,92

* Categoría G: $9216,76 para servicios y $7772,01 para los productos

* Categoría H: para servicios (la última escala permitida) $16114,67. Mientras, los que venden bienes, $13.445,60.

* Categoría I: $19.328,05

* Categoría J: $22.197,62

* Categoría K: $25.090,13

Leer anterior

25,0% creció la inversión interanual en mayo en términos de volúmenes. El acumulado en los primeros cinco meses del año suma 17,5%, según Orlando Ferreres & Asociados.

Leer siguiente

Tras la renuncia de Martín Guzmán, asume Silvina Batakis en Economía: Inflación, Tarifas y pobreza, los principales desafíos a enfrentar, ¿qué le piden las Pymes?