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Ley de Góndolas: cuáles son los productos que serán considerados de “menor precio”

Los supermercados deberán señalizar en las góndolas cuál es el precio más bajo de un determinado producto. La norma comenzará a regir el próximo sábado 15.


La Secretaría de Comercio Interior definió qué productos serán considerados “de menor precio” en el marco de la Ley de Góndolas, y para ello fijó nuevas reglas de exhibición de numerosos artículos.

Así quedó establecido en la Resolución 485/2021 que se publicó en el Boletín Oficial, con la firma de la secretaria de Comercio, Paula Español.

Para el próximo sábado 15, día en que comienza a regir la norma, los supermercados tendrán la obligación de señalizar en las góndolas los productos de menor precio por unidad de medida, ya sea litro, gramo o metro.

Por ejemplo, si un desodorante por litro es el más barato, va a tener un cartel que indique que cuenta con el precio más bajo. Se aplicará en un listado de 43 ítems que incluyen alimentos, productos de limpieza y de higiene personal.

Establécese que a los efectos de lo previsto en la Ley N° 27.545 de Góndolas, se entenderá como producto de menor precio a aquellos que, conforme la unidad de medida, posean el precio de lista más bajo ofertado al consumidor final con carácter no transitorio. A tal efecto, no deberán considerarse aquellos cuyo precio de lista más bajo resulten de ofertas, bonificaciones o descuentos temporales o relativos a determinados medios de pago o membresías”, reza el texto oficial.

Además, Comercio Interior estableció que para los productos incluidos en esta medida, la exhibición obligatoria en los salones de venta presencial al público minorista de una cenefa perpendicular a la góndola con carácter destacado que contenga la leyenda “MENOR PRECIO por unidad de medida. Ley 27.545”.

La medida fue tomada para que los consumidores “encuentren los precios más bajos y puedan comparar fácilmente los productos y valores”. La señalización no será encontrada en cualquier comercio, dado que la medida regirá para los supermercados que tengan que aplicar la ley de góndolas. Para los que comercializan alimentos, tienen que tener una superficie superior a los 800 metros cuadrados.

Productos alcanzados por esta resolución

* Leche

* Manteca

* Queso

* Yogurt

* Tapas de tarta y de empanadas

* Puré de tomate

* Pan rallado

* Harina

* Yerba

* Azúcar

* Dulce de leche

* Jabón de tocador, en polvo y líquido

* Champú

* Pañales

* Lavandina

* Papel higiénico

La Ley de Góndolas fue sancionada en marzo de 2020 y entre sus objetivos se encuentran: contribuir a que el precio de los productos alimenticios, bebidas, de higiene y limpieza del hogar sea transparente y competitivo, en beneficio de los consumidores y mantener la armonía y el equilibrio entre los operadores económicos alcanzados por la ley, con la finalidad de evitar que realicen prácticas comerciales que perjudiquen o impliquen un riesgo para la competencia u ocasionen distorsiones en el mercado.

También, la Ley busca ampliar la oferta de productos artesanales y/o regionales nacionales producidos por las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y proteger su actuación; al mismo tiempo, dispone fomentar a través de un régimen especial, la oferta de productos del sector de la agricultura familiar, campesina e indígena.

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