En AMBA, locales comerciales deberán cerrar entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno y los clientes no podrán ingresar al comercio.
Esta mañana, Alberto Fernández dio a conocer las nuevas restricciones ante el avance de los casos positivos de coronavirus: las medidas, en todo el país, regirán hasta el 21 de mayo.
Confirmó que en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA) las clases seguirán siendo virtuales y los comercios deberán cerrar a las 19. Además, dividió el país en semáforos epidemiológicos de acuerdo a la cantidad de contagios de coronavirus y la disponibilidad del sistema sanitario.
“Las próximas semanas pueden llegar a ser muy duras; debemos continuar con medidas”, afirmó el mandatario.
Las nuevas medidas para el AMBA
Se suspenden las siguientes actividades:
* Centros comerciales y shoppings.
* Las actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas en lugares cerrados.
* Locales comerciales entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente, con excepción de los esenciales con horario nocturno.
* Restricción en ámbito educativo.
* Se suspenden las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en los todos los niveles.
* Deportes: Se prohíben los deportes grupales.
* Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
* Horario de cierre de la gastronomía: entre las 19 horas y las 6 horas del día siguiente. Luego de las 19 podrán continuar bajo las modalidades delivery. En los horarios autorizados de funcionamiento, sólo podrán atender a sus clientes en espacios habilitados al aire libre.
* Circulación: se prohíbe la circulación entre las 20 y las 06 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
* Transporte público: solo para esenciales y autorizados.
Medidas generales para el resto del país
* Viajes grupales: se suspenden los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
* Reuniones sociales: Se suspenden las reuniones sociales de más de 10 personas.
* Personas de riesgo: Suspensión de asistencia al trabajo para personas de riesgo.
* Medidas para zonas de riesgo sanitario y epidemiológico medios (de más de 40.000 habitantes – Indicadores: es facultad y responsabilidad de gobernadores/as adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios.
* Medidas para zonas de alto riesgo sanitario y epidemiológico (de más de 40.000 habitantes – Indicadores:
– Reuniones sociales: se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados. Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
– Deportes: la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas
– Casinos, bingos, discotecas, y salones de fiesta.
– Horario de cierre de gastronomía: se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs
– Circulación: se prohíbe la circulación entre las 00 y las 06 de la mañana de cada día. (Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.)
– Aforo: Se establece un aforo de 30% para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y afines; locales gastronómicos; gimnasios.
– Disposición locales y focalizadas de contención: para limitar la circulación por horarios, por zonas o determinadas actividades, teniendo en cuenta el estatus sanitario. Estas medidas podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio y respecto de partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.