La ley impulsa beneficios impositivos para el desarrollo de empresas en sectores de software, inteligencia artificial, robótica, big data, realidad virtual y aumentada entre otras. Busca crear 215.000 empleos y generar u$s 15.000 millones de exportaciones anuales para 2030. .
A través del Decreto 708/2019 publicado el 16 de octubre en el Boletín Oficial, se reglamentó la Ley N° 27.506 que promueve la Economía del Conocimiento. La resolución establece que la secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa será la autoridad de aplicación de esta normativa
De este modo, a partir del 1° de enero de 2020 podrán inscribirse las empresas y comenzar a percibir los beneficios que se extenderán hasta diciembre de 2029.
Con actividades que incluyen la digitalización de procesos, desarrollo de software y aplicativos, robótica, inteligencia artificial, diseño audiovisual, IoT (internet de las cosas) y Big Data, entre otras, la Economía del Conocimiento genera empleo de calidad, exportaciones, crecimiento e impulsa a todos los sectores productivos.
Con el nuevo régimen, se busca que las 11.000 empresas alcanzadas tengan un marco tributario que les permita competir globalmente, duplicando en 10 años su cantidad de empleados y multiplicando las exportaciones para que alcancen los US$ 15 mil millones en 2030.
La Ley está basada y amplió el impacto de la Ley del Software, y contó con el consenso de empresarios, técnicos y legisladores de todos los sectores.
Conocida la reglamentación, la cámara del Software y Servicios Informáticos CESSI, destacó en un comunicado que «con este anuncio, se pone en marcha en Argentina la reglamentación y la continuidad de un marco legal y tributario propicio para la generación de más empleos del futuro HOY, logrando mantener una política de estado que comenzó con la Ley del Software».
Las actividades de la Economía del Conocimiento son hoy las más dinámicas de la economía argentina: el empleo entre 2007-2017 creció 65% más que en el resto de la economía y las ventas también crecieron en el mismo periodo: 70% frente a un crecimiento general del 12%
Puntos clave de la reglamentación:
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Para acceder a los beneficios, las empresas deberán tener un mínimo de 6 meses en actividad. Esto implica una mejora con respecto a la Ley del Software, ya que favorece especialmente a emprendedores y microempresas que recién comienzan.
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Impulsa la capacitación de los empleados como una forma de inversión.
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Se simplifica la inscripción de las empresas: se tomarán datos que ya constan en otros organismos públicos sin necesidad de repetir la presentación de información.
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Se podrá realizar el trámite en forma digital.
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Las empresas que están actualmente comprendidas en el régimen de la anterior Ley de Software tienen hasta el 31 de diciembre de este año para manifestar que desean continuar con el régimen y luego, tendrán plazo hasta el 30 de junio del 2020 para ajustarse a los requisitos.
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Más allá de la voluntad de continuar o no con el régimen, aquellos beneficiarios de la Ley de Software que tuvieran bonos pendientes de uso, seguirán vigentes hasta tanto se consuman.
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Las micro empresas que reciban el beneficio sin acreditar los requisitos una vez que lleguen a los tres años que da la ley o dejen de ser micro, no deberán devolver lo percibido como beneficio.