Además, reclaman revisar la medida.
Si bien AFIP dispuso un nuevo plan de 120 cuotas con un tope de 2,5% mensual por la crisis económica, las pymes le piden al organismo público que revise y mejore abriendo para todos el plan de facilidades de pago de deudas impositivas.
El vicepresidente primero de la Asamblea de Pequeños y Medianos Empresarios (APYME) Julián Moreno explicó que el plan de facilidades de pago lanzado el 21 de agosto por el organismo recaudador dejó afuera a cientos de miles de pymes que habían entrado a planes previos con condiciones menos favorables.
Para Moreno, se trata de una “medida desesperada” que fue “sacada a las apuradas” sin considerar que las pymes “están al borde de la quiebra”, ya que cada vez “venden menos”. Y consideró que hay que “corregir” el plan de facilidades de pago que puso en marcha el Gobierno tras perder en las elecciones primarias, para que todas las pymes endeudadas puedan ingresar, que se suprima la discriminación.
Así mismo, el gerente de una metalúrgica ubicada en el partido bonaerense de Tres de Febrero indicó a NA que la firma en la que trabaja ingresó en marzo a un plan de pagos clásico, mucho menos flexible y con tasas más altas, para afrontar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, y ahora no puede ir a las 120 cuotas.
Es que las medidas de AFIP no permiten a los contribuyentes reformular sus planes de pago vigentes, lo que para el empresario bonaerense y Moreno representa “un castigo” para quien intentó mantenerse al día aun a riesgo de ver afectado el desarrollo de su actividad.
“Realmente el organismo recaudador parece no buscar el alivio al empresario pequeño o mediano, que hace esfuerzos por cumplir, pagar y mantener las fuentes de trabajo. Pareciera colaborar más con con quien no paga, a la espera de moratorias”, sostuvo.
Por su parte, el tributarista Marcelo Rodríguez explicó que la Resolución 4557 de AFIP no permite regularizar deudas a los que tienen planes vigentes o para los cuales los planes han caducado desde el 1 de agosto. “Sí se pueden refinanciar los planes de pago de la Resolución 4477 presentados hasta el 31 de agosto. Y se suspenden por 90 días las medidas cautelares. El plazo final del programa es el 31 de octubre”, indicó el tributarista.