Desde este miércoles comenzará a regir la cuarentena mas estricta. Los trabajadores esenciales deberán sacar un nuevo permiso de circulación y serán quienes podrán viajar en transporte público.
Desde este miércoles 1 de julio comenzará a regir la nueva cuarentena más estricta en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA), y de las 24 actividades esenciales que se estableció desde un principio se agregaron otras.
En todos los casos, los interesados deberán gestionar el permiso de circulación correspondiente a través del sitio oficial del Gobierno y de la aplicación CuidAr. Este martes a las 23:59 se podrá gestionar el permiso que regirá como único instrumento válido para transitar en la nueva etapa de la cuarentena hasta el 17 de julio.
Cuarentena estricta: cuáles son las actividades habilitadas
> Operación de Centrales Nucleares. Hoteles afectados al servicio de emergencia sanitaria. Operación de aeropuertos. Operación de garages y estacionamientos con dotaciones mínimas. Los restaurantes, locales de comidas preparadas y locales de comidas rápidas, con servicios de reparto domiciliario. Circulación de los ministros y las ministras de los diferentes cultos a los efectos de brindar asistencia espiritual.
> Inscripción, identificación y documentación de personas.
> Circulación de personas con discapacidad y profesionales que las atienden. Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos.
> Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas. Oficinas de rentas de las Provincias, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas. Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género. Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo. Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo. Ópticas, con sistema de turno previo.
> Traslado de niños, niñas y adolescentes al domicilio del otro progenitor o progenitora.
> Personal de la ANSES.
> Actividades permitidas sin uso de transporte público en la nueva cuarentena
Las siguientes actividades quedan exceptuadas de la cuarentena “siempre que el empleador o la empleadora garantice el traslado de los trabajadores y trabajadoras sin la utilización del servicio público de transporte de pasajeros de colectivos, trenes o subtes”.
> Industrias que se realicen bajo procesos continuos. Producción y distribución de biocombustibles.
> Venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones. Actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera. Curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera, fábricas de colchones y fábricas de maquinaria vial y agrícola. Exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear. Servicios imprescindibles de mantenimiento y fumigación.
> Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente. Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio.
> Actividad económica desarrollada en Parques Industriales.
> Producción para la exportación, con autorización previa otorgada por el Ministerio de Desarrollo Productivo.
> Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas a través de plataformas de comercio electrónico; venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio. Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual.
> Personal afectado a la actividad de demolición y excavación por emergencias.
> Práctica deportiva desarrollada por los y las atletas que se encuentran clasificados y clasificadas para los XXXII Juegos Olímpicos.