Los contribuyentes que presten servicios a través de sitios web, interfaces, aplicaciones informáticas y otros sistemas electrónicos, deberán ejercer como agentes de retención.
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) estableció un régimen de retención en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que abarcará a las empresas que oficien como intermediarias de operaciones de pago en plataformas digitales.
Según la Resolución que fue publicada hoy en el Boletín Oficial, los contribuyentes que presten servicios para facilitar la gestión, procesamiento, agregación o agrupación de pagos, sea para recibirlos o efectuarlos por cuenta y orden de terceros, a través de plataformas digitales, sitios web, interfaces, aplicaciones informáticas y otros sistemas electrónicos, deberán ejercer como agentes de retención.
«La medida busca optimizar la labor de administración tributaria en Ingresos Brutos, adaptándola a los cambios tecnológicos y las nuevas modalidades de negocio y consumo, que han generado un notorio crecimiento de las transacciones electrónicas», explicó el director ejecutivo de ARBA, Gastón Fossati.
En ese sentido, el funcionario aseguró que «el sistema implementado posibilitará un control más eficiente de la evasión y elusión fiscal en plataformas digitales».
Las alícuotas de retención para los contribuyentes incluidos en el padrón de Ingresos Brutos, que ARBA publica mensualmente, se ubicarán entre 0 y 3,5%, según los casos. Mientras que quienes se encuentren fuera del mismo, pero por cantidad y monto de ventas cumplan las condiciones para ser retenidos, tendrán una alícuota de 3,5%.
En un comunicado, el ente recaudador provincial puntualizó que las empresas que deban actuar como agentes de retención tendrán plazo hasta el 31 de agosto para inscribirse; en tanto, el nuevo sistema estará operativo y comenzará a regir desde el 1° de septiembre próximo.