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Retroactivo del monotributo: qué trámite hacer para los que ya pagaron la deuda

Los contribuyentes podrán utilizar ese saldo a favor para el pago de otras obligaciones e incluso imputarlo para las próximas cuotas.


Después de que el Gobierno diera marcha atrás con el cobro del retroactivo que la la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) había incluido en las cuentas de los monotributistas, se anunció que quienes hayan pagado esos cargos se anularán.

Además, se supo que podrán utilizar ese saldo a favor para el pago de otras obligaciones e incluso imputarlo para las próximas cuotas.

Por cuestiones administrativas, hasta que la ley no sea sancionada y reglamentada los cargos seguirán figurando en la página del organismo recaudador, pero los contribuyentes ya no están obligados a abonarlos.

De acuerdo con los tiempos legislativos y por la nueva fecha de actualización, se espera que la ley sea sancionada antes de fines de junio y, a partir de ese momento, tanto el Poder Ejecutivo como la propia AFIP deberán trabajar contra reloj en la elaboración y publicación del decreto reglamentario y las resoluciones en el Boletín Oficial.

Cómo recuperar el retroactivo

* El trámite para reimputar el pago del retroactivo puede realizarse ingresando al sitio web de la AFIP el número de la CUIT y la clave fiscal.

* Si ya está dado de alta el servicio “CMA Cuenta Corriente para Contribuyentes Monotributistas y Autónomos», ir a la sección «Monotributo”. Si el servicio no aparece en el menú, se deberá dar de alta.

* Cliquearse en la opción “cálculo de deuda” y tomar nota de qué período y qué impuesto, con sus respectivos códigos, tienen un saldo a reimputar.

* Registrar a qué período y qué impuesto, con sus respectivos códigos, se va a transferir el saldo a favor, seleccionando el ícono respectivo.

* Completar los datos con el período de destino, seleccionar “agregar” y luego “aceptar”.

En el caso de que no se tenga habilitado el servicio CCMA, debe ingresarse al sitio como se hace habitualmente y seleccionar la opción “administrador de relaciones con clave fiscal”.

Una vez ubicado, hay que seleccionar “adherir servicio”; después marcar en “AFIP” y después en “Servicios interactivos”.

Ya instalado, debe buscarse el servicio que se quiere habilitar y, por último, cerrar la sesión y volver a ingresar para ver el nuevo servicio habilitado.

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