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La AFIP adelantó un día los vencimientos de febrero

El organismo de recaudación dispuso que será el próximo miércoles 23 de febrero la fecha de vencimiento de obligaciones impositivas que habían sido fijadas en un principio para el jueves 24 y el viernes 25 del mes en curso.


La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso de forma excepcional modificaciones en el calendario de vencimientos para la determinación y/o ingreso de las obligaciones tributarias cuyo vencimiento original operaba entre el 24 y el 25 de febrero.

La Resolución General N°5147/2022, publicada hoy en el Boletín Oficial, resuelve adelantar al próximo miércoles 23 de febrero la fecha de vencimiento de obligaciones impositivas que habían sido fijadas en un principio para el jueves 24 y el viernes 25 del mes en curso.

Los impuestos alcanzados por el corrimiento que establece la resolución del organismo tributario son: el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para quienes tengan CUIT que finalice en 8 y 9; el impuesto PAIS; el impuesto sobre los combustibles líquidos y dióxido de carbono; el impuesto sobre créditos y débitos bancarios; y el impuesto a las entradas de espectáculos cinematográficos.

En cuanto al IVA, la medida comprende para el régimen general, la presentación de la declaración jurada e ingreso de saldo correspondiente al período fiscal enero de 2022.

El mismo tributo para las micro y pequeñas empresas (mipymes), requiere el ingreso diferido del saldo resultante de la declaración jurada del período fiscal noviembre de 2021 y presentación de la declaración jurada correspondiente al período fiscal enero de 2022.

En tanto que para la actividad agropecuaria, se solicita la presentación de la declaración jurada del período fiscal enero de 2022 e ingreso anual del impuesto correspondiente a ejercicios con cierre en enero.

En relación al impuesto PAIS, se adelanta el vencimiento del ingreso de las percepciones practicadas entre los días 16 y 22 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive.

Por el lado del Impuesto sobre los Combustibles Líquidos y al Dióxido de Carbono, se modificó la fecha para el régimen de anticipos.

Mientras que en relación al Impuesto sobre Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, se corrió el vencimiento del plazo para el ingreso de las sumas percibidas y/o del importe correspondiente al impuesto propio devengado, correspondientes al período comprendido entre los días 16 y 22 de febrero de 2022, ambas fechas inclusive.

or último, se adelantó la fecha del ingreso del Impuesto a las Entradas de Espectáculos Cinematográficos correspondiente a las localidades o boletos entregados entre el 16 y el 22 de febrero.

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