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Habilitan la reapertura de cines, teatros y espectáculos: se permitirá un aforo de entre 30 y 50%

La medida establece que en las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas.


El Gobierno Nacional habilitó la reanudación de las actividades en cines, teatros y salas de espectáculos de centros culturales para las zonas del país que se encuentran en “alto riesgo” epidemiológico y sanitario y en situación de “alarma”, con un aforo de entre 30 y 50%.

La medida fue oficializada a través de la Decisión Administrativa 607, publicada en el Boletín Oficial, con la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti. “Exceptúase de la suspensión dispuesta en el inciso f) del artículo 16 del Decreto N° 287/21, prorrogado por sus similares N° 334/21 y N° 381/21, en los lugares considerados como de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, a la realización de actividades en cines, en teatros y en salas de espectáculos de centros culturales a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores”, se detalla en el escrito.

La medida administrativa establece que “en las salas de teatros y de espectáculos se permite un 50% de aforo, sin expendio de bebidas y comidas y en los cines se permite un 30% de aforo, con expendio de golosinas y bebidas, el que podrá ser aumentado conforme la situación epidemiológica y de conformidad con los protocolos vigentes”.

Por otra parte, según se indica las personas afectadas al desarrollo de las actividades deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19. Mientras que el público asistente deberá “acreditar su condición de tal con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala a la que se asistió, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó”.

Por otra parte, en otra decisión administrativa, también se permitió el regreso de los eventos religiosos en iglesias y lugares cerrados. De igual modo, se aclaró que se podrá llevar a cabo respetando, como máximo, un aforo del 30% en zonas de alarma y de alto riesgo epidemiológico y sanitario por el coronavirus.

La medida se adoptó tras evaluar un pedido de los diferentes credos ante la Secretaría de Culto, que conduce Guillermo Oliveri, quien tramitó la solicitud ante la Jefatura de Gabinete.

De esta manera, los participantes deben asistir con tapabocas, mantener el distanciamiento social, cuidar el lavado de manos, mantener la sanitización del lugar y tener disponible alcohol en gel.

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