las firmas que reciban ayuda del Estado para pagar salarios no podrán comprar dolar bolsa, ni contado con liqui ; ni distribuir utilidades o comprar sus propias acciones por 24 meses, en un esfuerzo para evitar la suba del dolar paralelo y la fuga de divisas.
Estas medidas forman parte de las recomendaciones elaboradas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), y fueron definidas este último fin de semana e incluidas en la decisión administrativa 721/2020 publicada en el Boletín Oficial.
El Gobierno ya había establecido que las compañías con más de 800 empleados que accedían al pago del salario complementario no podrán realizar una serie de operaciones durante el ejercicio en curso, y los 12 meses siguientes a la finalización del ejercicio económico posterior a aquel en el que se otorgó el beneficio, inclusive por resultados acumulados anteriores.
Tampoco podrán realizar erogaciones de ninguna especie a sujetos relacionados directa o indirectamente con el beneficiario cuya residencia, radicación o domicilio se encuentre en una jurisdicción no cooperante o de baja o nula tributación.
“Entre los compromisos legales que tienen que asumir las empresas grandes por recibir el ATP, se destaca que por el transcurso de 24 meses finalizado el ejercicio durante el cual recibieron la ayuda económica del Estado, no podrán distribuir utilidades, comprar sus propias acciones, comprar bonos para después fugar los dólares ni realizar erogaciones con otras empresas vinculadas o que estén radicadas en paraísos fiscales”, dijeron fuentes del Gobierno citadas por la agencia Telam.
Los controles reforzados se suman a medidas que ya habían limitado el acceso al mercado de cambios -tanto el oficial como los mercados de contado con liquidación o dólar MEP- a las empresas y particulares de beneficios como el programa ATP o los créditos a tasa cero para monotributistas y autónomos.
Fuente: Télam e Infobae.