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Impuesto País: ¿qué operaciones están alcanzadas y cuáles no por el recargo del 30%?

El Gobierno reglamentó “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” que implica un recargo a todas las operaciones que impliquen la adquisición de moneda extranjera.

Finalmente, el Gobierno reglamento el Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), lo que implica un 30% de recargo a todas las operaciones que impliquen la adquisición de moneda extranjera

Las operaciones que deberán pagarán pagar ese porcentaje son las compras de dólares para atesoramiento y las compras de bienes y servicios, incluyendo las compras de pasajes al exterior, cualquiera sea su medio de pago.

En el caso de servicios digitales en moneda extranjera (gravados por el IVA), la alícuota será del de 8%, según detalló el contador Sergio Lazzarin, asesor Pymes, MiPymes y Profesionales. Esto alcanza, por ejemplo, a las plataformas de música y series, como Netflix y Spotify. También se incluye la contratación de servidores de internet y demás servicios en la nube.

En cambio, desde el Ministerio de Economía detallaron en las operaciones no alcanzadas por el impuesto serán:

* Adquisición de pasajes por vía terrestres con destino a países limítrofes.

* Gastos referidos a prestaciones de salud.

* Compra de medicamentos.

* Adquisición de libros en cualquier formato.

* Utilización de plataformas educativas.

* Software con fines Educativos.

* Gastos asociados a proyectos de investigación, desarrollados por investigadores en el ámbito del Estado, universidades e instituciones que integran el sistema universitario argentino.

Además, no se aplica el impuesto cuando el pago de las operaciones se realiza con moneda extranjera utilizando la que se tuviera en existencia.

De lo recaudado mediante este impuesto, se destinará un 70% a la ANSES e INSSJP.

 

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