El Ministerio de Producción y Trabajo envió al Congreso un paquete de proyectos: de Ley PyME 2.0, de Inversiones y el de Promoción del Empleo.
Estas iniciativas se enmarcan en la agenda de desarrollo productivo y buscan reducir el impacto fiscal, fomentar el empleo y las inversiones productivas en las empresas, explicó el ministro Dante Sica.
El proyecto de Ley PyME 2.0 contempla cuatro ejes para llevar alivio fiscal:
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-Bajar del 35% al 22% el Impuesto a las Ganancias para las micro empresas. Se propondrán alícuotas escalonadas de Ganancias a medida que van creciendo de tamaño.
-Permitirles a las empresas pagarle a la AFIP con las deudas que el organismo tributario tiene con ellas. Para ello, se creará la Cuenta Única Tributaria. El Estado tardaba en pagarles (como saldos de IVA o reintegros a las exportaciones) pero exigía rapidez en el pago de impuestos. En la cuenta única se podrán compensar impuestos, saldos aduaneros y las cargas sociales de los trabajadores.
-Monotributo Plus: Para muchas empresas en crecimiento, el salto del monotributo al régimen general de la AFIP se había convertido en una barrera infranqueable. Se reducirán a la mitad los impuestos de los monotributistas que pasan al régimen general. Además, habrá menos trámites y pagos unificados.
-Habrá beneficios para las pymes que decidan invertir: Se reducirá el plazo para amortizar los bienes de uso. Además, las inversiones productivas que encuadren en la definición de Industria 4.0 tendrán un 10% del monto invertido como pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias.
En tanto, la Ley de Inversiones propone:
-Beneficios para todas las inversiones mayores de u$s10 millones: estabilidad fiscal y jurídica, deducir impuestos sobre sus inversiones y depreciación acelerada.
-Estabilidad fiscal y jurídica: mediante contratos de estabilidad, se ofrecen salvaguardas referidas a la carga tributaria y el marco regulatorio, que mantienen las condiciones de inversión y las preserva de cambios en las reglas de juego. Además, en caso de controversias, las partes podrán optar por recurrir a un tribunal arbitral extranjero o local.
-Bono fiscal: se aplicará un descuento al pago de impuestos nacionales (IVA o Ganancias), que se otorgará de manera decreciente durante el régimen de promoción: el primer año 25%, el segundo año 20%, y el tercer año 15%.
-Extensión ilimitada del plazo para el uso de los quebrantos fiscales.
-Acelera por 5 el monto a amortizar. Por ejemplo, una máquina que ahora se amortiza en 10 años, con la ley se amortizará en 2 años.
Finalmente, la Ley de Empleo sugiere:
-Promover la creación de empleo formal a través de la reducción de los impuestos al trabajo que pagan las empresas. La iniciativa establece la eliminación de las contribuciones patronales a los nuevos empleos creados durante 2020 y reducir la carga a la mitad en 2021. Sólo se aplicará a las empresas que aumenten su plantilla de empleados: no se puede despedir a uno para contratar a otro con menos impuestos, señala el proyecto de ley.
Para facilitar el acceso de los jóvenes al empleo registrado formal (en este segmento, la tasa de desempleo se encuentra más de dos veces por encima de la tasa de desempleo general), se bonificarán completamente los impuestos al trabajo (contribuciones patronales) durante el primer año, y el 75% durante el segundo, a quien contrate a jóvenes de entre 17 y 24 años sin experiencia o con menos de 12 meses de experiencia formal.
-Además, las personas que sean contratadas a partir de la entrada en vigencia de esta norma y se encuentren gozando de planes o programas de los ministerios de Producción y Trabajo o de Salud y Desarrollo Social continuarán percibiendo estas prestaciones durante dos años desde el inicio de la relación laboral, en carácter de subsidio a su nueva ocupación y formalidad laboral.