La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el mecanismo de acceso mediante la Resolución General 5889, publicada en el Boletín Oficial el 25 de agosto de 2026.
Las micro, pequeñas y medianas empresas que proyecten realizar inversiones productivas en Argentina ya pueden acceder al Régimen de Incentivos para Medianas Inversiones (RIMI), creado por la Ley 27.802. El esquema comenzó a implementarse y contempla una serie de beneficios fiscales para las empresas que incorporen bienes de capital, tecnología u obras vinculadas directamente con su actividad.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) reglamentó el mecanismo de acceso mediante la Resolución General 5889, publicada en el Boletín Oficial el 25 de agosto de 2026. A partir de esta normativa quedó operativo el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), plataforma en la que las empresas deberán registrar las solicitudes para acceder a los beneficios previstos por el régimen.
Entre los principales incentivos aparece la posibilidad de utilizar una amortización acelerada en el Impuesto a las Ganancias. Para acceder a este beneficio, las empresas deberán adherir al RIMI antes del vencimiento de la declaración jurada correspondiente. El régimen apunta así a reducir el impacto fiscal de determinadas inversiones y facilitar la planificación de nuevos proyectos productivos.
Cuánto deben invertir las empresas y qué beneficios contempla el RIMI
Los montos mínimos exigidos dependen del tamaño de cada empresa. Para las microempresas, el piso de inversión es de USD 150.000; para las pequeñas, de USD 600.000; mientras que las medianas empresas del Tramo I deben alcanzar los USD 3.500.000 y las del Tramo II, los USD 9.000.000. Para calcular la inversión se consideran los valores sin IVA ni descuentos habituales y se requiere documentación que respalde las operaciones.
Las inversiones deben estar directamente relacionadas con la actividad productiva de la empresa. Pueden incluir la compra, fabricación o importación de bienes de capital nuevos, la incorporación de tecnología y determinadas obras. Además, existe una excepción al monto mínimo para proyectos vinculados con sistemas de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo destinadas al sector agropecuario y bienes semovientes.
Otro de los beneficios previstos es la devolución de créditos fiscales de IVA. Para iniciar el procedimiento, las empresas deberán presentar una presolicitud a través del Sistema Integral de Recupero (SIR). Las presentaciones podrán realizarse en febrero, mayo, agosto y noviembre, entre los días 1 y 10 de cada mes, mientras que la consulta sobre el cupo fiscal asignado estará disponible del 11 al 15.
El régimen también permite combinar los beneficios nacionales con incentivos provinciales. Hasta el momento, la Ciudad de Buenos Aires, Mendoza y Río Negro avanzaron con medidas complementarias relacionadas con Ingresos Brutos, Impuesto de Sellos, estabilidad fiscal y financiamiento. Según Silvia Tedin, socia de Tax & Legal de SMS Buenos Aires, el impacto del RIMI dependerá de la situación económica, el tipo de negocio y la ubicación de cada proyecto, aunque puede resultar especialmente relevante para sectores como el agro y empresas vinculadas a proyectos alcanzados por el RIGI.
Las empresas cuentan con dos años desde el 19 de mayo de 2026 para concretar las inversiones comprendidas por el régimen. Además, el esquema contempla la posibilidad de reconocer cierto grado de avance en proyectos que hayan comenzado a ejecutarse desde el 6 de marzo de 2026. Para las MiPyMEs que tengan inversiones previstas o en marcha, conocer los requisitos, beneficios y plazos será fundamental para determinar si pueden aprovechar este nuevo incentivo fiscal.


