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El Gobierno prorrogó la eliminación de retenciones a exportaciones de aluminio y acero hasta marzo de 2026

La exención fijó en cero la alícuota del derecho de exportación para una serie de productos incluidos en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM).

El Gobierno nacional resolvió extender por tres meses la eliminación de los derechos de exportación para productos de aluminio, acero y sus derivados que se vendan a países que aplican aranceles de importación iguales o superiores al 45%. La medida, oficializada este miércoles en el Boletín Oficial, se mantendrá vigente hasta el 31 de marzo de 2026.

La decisión quedó plasmada en el decreto 930/2025, que modificó el plazo originalmente previsto, el cual vencía este 31 de diciembre. Con la prórroga, el Ejecutivo busca sostener la competitividad de las exportaciones argentinas en sectores considerados estratégicos dentro de la estructura industrial del país.

En los considerandos, la norma destaca que las ramas de aluminio y acero generan empleo, volumen exportador y valor agregado, por lo que resulta necesario mantener herramientas que atenúen el impacto de las barreras comerciales impuestas por otros mercados.

La exención había sido establecida inicialmente por el decreto 726/2025, dictado en octubre pasado, que fijó en cero la alícuota del derecho de exportación para una serie de productos incluidos en la Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). El beneficio aplica siempre que el destino de las exportaciones sean países que, al momento de la entrada en vigencia de la norma, impongan aranceles de importación iguales o superiores al 45%.

El nuevo decreto, firmado por el presidente Javier Milei, justifica la prórroga al señalar que “resulta necesario mitigar los efectos adversos sobre el sector exportador argentino” derivados de las medidas de protección del mercado interno aplicadas por otros países.

El alcance de la exención comprende una nómina de posiciones arancelarias detalladas en el anexo del decreto original, entre las que se incluyen laminados planos de hierro o acero sin alear, chapados o revestidos; productos de aceros aleados; tubos y perfiles huecos de hierro o acero; y diversas manufacturas de aluminio, como aluminio en bruto, barras, perfiles, alambres, chapas, tiras y hojas delgadas.

Asimismo, el decreto establece que la Secretaría de Coordinación de Producción del Ministerio de Economía será la autoridad encargada de dictar las normas aclaratorias, complementarias y operativas necesarias para la correcta aplicación del régimen. Entre sus funciones, deberá informar a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) la nómina de países que aplican aranceles de importación iguales o superiores al 45% a las mercaderías alcanzadas, así como notificar cualquier modificación que se produzca en esos tratamientos arancelarios.

 

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